El Ejecutivo nacional aprobó el Decreto Supremo 5654 en el cual abroga los decretos que permitían los descuentos por planilla para aportes sindicales en las entidades públicas del nivel central del Estado, incluyendo al magisterio y jubilados del Servicio Nacional del Sistema de Reparto (Senasir)
Dentro de la norma se estipula, de acuerdo al artículo 2, que las entidades del nivel central del Estado solo podrán aplicar descuentos por planilla por los siguientes conceptos:
– Seguridad Social de Largo Plazo: descuentos y/o contribuciones establecidas en la Ley N° 065 de Pensiones y sus reglamentos
– Faltas, atrasos y sanciones administrativas
– Régimen Complementario del Impuesto al Valor Agregado – RC-IVA
– Retenciones judiciales por asistencia familiar
– Recuperaciones en favor del Estado por cobros indebidos
Asimismo, dispone que las entidades públicas deberán dejar sin efecto cualquier descuento por planilla que no esté contemplado en esos conceptos.
La nueva norma abroga siete decretos supremos que regulaban descuentos por planilla, entre ellos el Decreto Supremo 0106 de 2009, que establecía el régimen de aportes sindicales para el magisterio. Asimismo, se derogaron artículos de otros dos decretos relacionados al tema.
Según el Decreto 5654, a partir de ahora, los servidores públicos y jubilados que deseen efectuar aportes voluntarios deberán autorizar, de manera individual, expresa, revocable y verificable, el débito directo desde su cuenta en una entidad financiera.
La norma también faculta a las entidades territoriales autónomas a adoptar medidas similares en el marco de sus competencias y exceptúa de su aplicación a las Fuerzas Armadas y a la Policía Boliviana.

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