Decreto de reorganización del Ejecutivo reduce los ministerios de 17 a 15

El tercer decreto supremo del Gobierno de Rodrigo Paz reorganiza el Órgano Ejecutivo y reduce de 17 a 15 los ministerios. La reestructuración del Órgano Ejecutivo está contemplada en el Decreto Supremo 5488, publicado en la Gaceta Oficial el 16 de noviembre.

“Que en el marco del nuevo contexto del Estado Plurinacional de Bolivia, orientado a mejorar la eficacia administrativa, la coordinación interinstitucional y la racionalidad funcional, fortaleciendo las capacidades de planificación, gestión y ejecución de políticas públicas de alto impacto que promuevan la transparencia y brinden seguridad al pueblo boliviano, resulta necesario ajustar el Decreto Supremo N° 4857”, señala la parte considerativa del decreto 5488.

La norma establece que se eliminan los ministerios de Medio Ambiente y Agua y de Desarrollo Rural y Tierra. Las competencias de la primera cartera pasan a Planificación del Desarrollo y Medio Ambiente. Las tareas del ministerio de Desarrollo Rural y Tierra ahora son atribuciones de la cartera de Desarrollo Productivo, Rural y Agua.

Además, se crea el Ministerio de Turismo Sostenible, Culturas, Folklore y Gastronomía en reemplazo al de Culturas, Descolonización y Despatriarcalización.

La nueva estructura del gabinete, aprobada por el Presidente, consta de los siguientes 15 ministerios:

1) Ministerio de Relaciones Exteriores.

2) Ministerio de la Presidencia.

3) Ministerio de Gobierno.

4) Ministerio de Defensa.

5) Ministerio de Planificación del Desarrollo y Medio Ambiente.

6) Ministerio de Economía y Finanzas Públicas.

7) Ministerio de Hidrocarburos y Energías.

8) Ministerio de Desarrollo Productivo, Rural y Agua.

9) Ministerio de Obras Públicas, Servicios y Vivienda.

10) Ministerio de Minería y Metalurgia.

11) Ministerio de Justicia y Transparencia Institucional.

12) Ministerio de Trabajo, Empleo y Previsión Social.

13) Ministerio de Salud y Deportes.

14) Ministerio de Educación.

15) Ministerio de Turismo Sostenible, Culturas, Folklore y Gastronomía.

“A partir de la vigencia del presente Decreto Supremo y en un plazo de hasta treinta (30) días calendario, los ministerios deberán iniciar el proceso de adecuación y emitir la Resolución Ministerial que apruebe su estructura organizacional, cuando corresponda, de conformidad a la presente norma”, señala la disposición transitoria segunda de la nueva normativa.