Mediante el Decreto Supremo 5349, promulgado ayer en la Gaceta Oficial, el Gobierno autorizó a personas naturales o jurídicas privadas a importar y comercializar en el país de combustible para aeronaves Jet Fuel A-1
La liberación del comercio e importación de ese carburante es “excepcional y por el lapso de cinco (5) años”, señala la norma.
La comercialización estará regulada por la Agencia Nacional de Hidrocarburos (ANH) y el Viceministerio de Defensa Social y Sustancias Controladas. “La importación y venta del Jet Fuel A-1 por parte del importador a la empresa operadora de planta de suministro de combustibles de aviación en aeropuertos no constituye distribución mayorista”, indica el documento oficial.
Asimismo, menciona que la importación, venta y comercialización del combustible Jet Fuel A-1; por parte de privados, no estará sujeta a subvención estatal y sobre el cálculo del precio referencial, el Ministerio de Hidrocarburos y Energías, mediante Resolución Ministerial, establecerá la metodología y sobre esa base la ANH instaurará el precio referencial.
Además, la normativa dispone una alícuota específica del Impuesto Especial a los Hidrocarburos y sus Derivados (IEHD) para el Jet Fuel A-1 de origen importado y nacional, con un monto de Bs 4,24 por litro para el combustible producido en el país.
El Gobierno otorgó un plazo de cinco días hábiles para que el Ministerio de Gobierno y el Ministerio de Hidrocarburos y Energías establezcan los procedimientos y metodologías para la aplicación del DS.
Esta medida busca garantizar el suministro de combustibles para la aviación, asegurando el cumplimiento de normativas técnicas y de control, indica el Decreto.

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